Con la firma del presidente Gustavo Petro y el ministro de Defensa, Iván Velásquez, se expidió el decreto 104, del 5 de febrero de 2024, mediante el cual se prorroga el Cese al Fuego Bilateral, Nacional y Temporal en el marco de los diálogos entre el Gobierno y el Ejército de Liberación Nacional, ELN.
La medida establece la prórroga de cese al fuego a partir de las 00.00 horas del día 6 de febrero de 2024 hasta las 24:00 horas del 3 de agosto de 2024.
También se ordenó la suspensión de las operaciones militares y operativos policiales ofensivos, “así como de los actos contrarios a lo establecido en el Protocolo de Acciones Específicas acordado entre las partes en la Mesa de Diálogos para la Paz, incluyendo sus modificaciones, a 2024, en contra de los integrantes del Ejército de Liberación Nacional que participen en el proceso de paz y se encuentren dentro de los procedimientos para la ejecución del Acuerdo del CFBNT y los protocolos correspondientes”.
El cumplimiento del cese al fuego está a cargo del Mecanismo de Monitoreo y Verificación (MMV) creado por las partes y de la que hacen parte el Gobierno Nacional, el Ejército de Liberación Nacional, la Conferencia Episcopal de Colombia y la Comisión de Verificación de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
Suspensión de los secuestros
Durante la clausura del sexto ciclo de diálogos de paz que se desarrolló desde el pasado 22 de enero en La Habana (Cuba), también se anunció que el ELN suspenderá de forma unilateral y temporal las retenciones de carácter económico. Compromiso que será objeto de seguimiento por el Mecanismo de Monitoreo y Verificación (MMV)
Este anuncio generó interrogantes entre algunos líderes de opinión del país quienes se preguntan si el ELN también se suspenderá los secuestros de carácter político, pues ese tema no quedó claro en medio de los declaraciones del ELN.
PR?ÓRROGA DEL CESE AL FUEGO BILATERAL, NACIONAL Y TEMPORAL
Las delegaciones de paz del gobierno de la República de Colombia y del Ejército de Liberación Nacional – ELN declaramos que:
- Hemos acordado prorrogar a partir de las 00:00 horas del día 6 de febrero de 2024, por ciento ochenta (180) días, el Cese al Fuego Bilateral, Nacional Temporal (CFBNT). Cada parte dará las órdenes y las instrucciones respectivas para el cumplimiento de esta prórroga.
- El Ejército de Liberación Nacional – ELN, para contribuir al desarrollo del CFBNT, suspenden de forma unilateral y temporal las retenciones de carácter económico. Compromiso que será objeto de seguimiento por el Mecanismo de Monitoreo y Verificación (MMV).
- El avance de este compromiso está articulado al progreso del conjunto de los acuerdos y a la resolución de los factores críticos que afectan el CFBNT, lo que será evaluado en el VII Ciclo a desarrollarse en el próximo mes de abril.