25 de abril de 2025
Colombia Principal

Superindustria prohíbe comercio electrónico de Dióxido de Cloro

La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de autoridad nacional de protección al consumidor, inspeccionó el mercado nacional para identificar posibles comercializadores del producto “DIÓXIDO DE CLORO – CDS” y otros similares o equivalentes, evidenciando que en los sitios web: https://amigosdeverdad.org/ y https://cdscolombia.com, se ofrece y comercializa este producto, al que se le atribuyen propiedades antimicrobianas, antivirales y antibacterianas que podrían inducir en error a los consumidores, haciéndoles pensar que es efectivo en el tratamiento de distintas enfermedades incluido el virus COVID-19.

En atención a la información suministrada por el INVIMA, el consumo de estos productos puede traer efectos adversos para la salud y en Colombia no existen productos que cuenten con registro sanitario para su comercialización como medicamento.

Por lo anterior, la SIC ordenó a los responsables de las páginas web “Amigos de verdad” y “CDS Colombia”, entre otras, lo siguiente:

1.    RETIRAR de manera inmediata todas las publicaciones del producto “Dióxido de Cloro – CDS» y otros similares o equivalentes, al cual le atribuye bondades de sanación y/o prevención del COVID-19 y de ciertas enfermedades, mientras se adelanta la correspondiente actuación administrativa.

2.    CESAR de manera inmediata la comercialización del producto “Dióxido de Cloro – CDS» y otros similares o equivalentes.

3.   INFORMAR si el “Dióxido de Cloro” que ofrece cuenta con registro sanitario expedido por el INVIMA.

4.   ALLEGAR los soportes documentales (técnicos y/o científicos), que sustentan las bondades atribuidas al producto denominado “Dióxido de Cloro”, especialmente las relacionadas con la prevención y/o curación del COVID-19.

En caso de que la orden impartida no se atienda dentro del término señalado y de manera completa, podrán imponerse multas hasta por 1.000 SMMLV. Del mismo modo, en caso de encontrar alguna conducta que viole los derechos de los consumidores, como información engañosa o insuficiente, y que pueda poner en riesgo la salud de las personas, podrán imponerse multas hasta por 2.000 SMMLV. 

Estas órdenes y la solicitud a la mencionada red social, se suman a las 27 órdenes impartidas a la fecha por la Superintendencia de Industria y Comercio, con el fin de proteger a los consumidores para que estos accedan a productos seguros, que no pongan en riesgo su salud e integridad física, teniendo en cuenta las advertencias que, sobre el producto “Dióxido de Cloro – CDS» y otros similares o equivalentes, han realizado autoridades como el INVIMA, e internacionales como la Administración de Alimentos y Drogas de los Estados Unidos de Norteamérica (FDA por sus siglas en inglés), y en segundo lugar, proteger el derecho que les asiste a recibir información adecuada sobre los productos que se ponen a su disposición.

Imagen: Superintendencia de Industria y Comercio

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.